Respecto a las Fiestas de Interés Turístico el Instituto de Turismo de la Región de Murcia realiza las siguientes funciones:
- Asesoramiento e información a corporaciones locales, asociaciones representativas del sector turístico, así como a los organizadores de dichas fiestas sobre la obtención de la declaración de Fiestas de Interés Turístico Regional.
- Asesoramiento e información a corporaciones locales u otras entidades públicas o privadas de la Región de Murcia o de las localidades en que se celebre la fiesta para la obtención de la declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional e Internacional.
- Emisión de informes preceptivos para la obtención de la declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional e Internacional.
Fiestas de Interés Turístico Regional
La Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia en su artículo 13 regula las Fiesta de Interés Turístico.
1.-El organismo competente en materia de turismo podrá otorgar a determinados eventos y acontecimientos festivos la calificación de Fiesta de Interés Turístico Regional. La concesión, así como la revocación de esta calificación, se sujetarán al procedimiento que se determine.
2.- En la declaración de interés turístico de eventos o acontecimientos se valorarán especialmente, entre otros requisitos, la existencia de aspectos originales y de calidad que aporten singularidad y su repercusión turística en nuestra Región.
Enlace al procedimiento y normativa
Decreto n.º 200/2017, de 5 de julio, por el que se regula la declaración de fiesta de interés turístico regional de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.(BORM nº 156, de 8/07/2017)
Fiestas de Interés Turístico Nacional e Internacional
Normativa de aplicación
Fecha de última actualización: 17/01/2023